Lo dispuso en un fallo el juez federal de Reconquista, Santa Fe
La resolución debe ser acatada por la obra social y subsidiariamente el Poder Ejecutivo Nacional. El denunciante, un padre viudo, alegó que no puede afrontar mayores gastos y tiempo de atención a su hijo adoptivo (autista) debido a razones laborales.
El juez federal de Reconquista (Santa Fe), Aldo Mario Alurralde, ordenó a una obra social, y subsidiariamente al Poder Ejecutivo Nacional, brindar cobertura de asistencia domiciliaria o acompañante terapéutico por tiempo completo (las 24 horas, los siete días de la semana), o bien poner a disposición los recursos económicos necesarios para ese fin, a una persona que padece desde la infancia autismo y retraso cognitivo.
Según la resolución, “la cobertura del acompañante terapéutico o asistente domiciliario tiempo completo… resulta indispensable en la emergencia y brinda alternativas para mejorar su condición de vida y de salud, que debe tender a restablecer una estabilidad perdida”.
En el fallo, Alurralde señala que el denunciante es el padre viudo/adoptivo de la persona autista, que paga su obra social y declara la imposibilidad de afrontar mayores gastos (acompañante terapéutico) e indisponibilidad horaria por razones laborales.
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