Xalapa, Ver.- En respuesta a las demandas de asociaciones civiles de 
atención al autismo, el diputado local Tonatiuh Pola Estrada presentó al
 Pleno del Congreso local una iniciativa para reformar la Ley para la 
Integración de las Personas con Discapacidad del Estado, y garantizar la
 no discriminación y la atención a personas con este trastorno.
De
 acuerdo con el representante del Distrito XXI, de Veracruz, el autismo 
se define como un trastorno del desarrollo neurológico que afecta a 
todas las áreas del desarrollo y se ha caracterizado por el aislamiento 
del individuo ante cualquier acontecimiento del entorno.
La 
Clínica Mexicana de Autismo calcula que existe un caso por cada 50 
nacimientos: el problema es más frecuente que el cáncer infantil, la 
diabetes y el Sida. De ahí la solicitud de atención de las asociaciones 
“Verautismo”,  “Soy tu Reflejo” y “Kana”, presididas por Monserrat 
Castillo Sánchez, Marcela Bautista y Verónica  Gómez Valdés, 
respectivamente.
En tribuna, el representante del Distrito XXI, 
de Veracruz, expuso que su propuesta de decreto pretende que se reformen
 las fracciones XIII y XXVII, y se adicione la fracción XXXIII del 
artículo 2 de la referida Ley
Indicó que la reforma a la fracción XIII, que se refiere a todas las formas de discriminación 
–cualquier
 distinción, exclusión o restricción por discapacidad o trastornos 
generalizados del desarrollo–, cuyo propósito o efecto sea obstaculizar,
 menoscabar o dejar sin efecto el reconocimiento, goce o ejercicio, en 
igualdad de condiciones, de todos los derechos humanos y libertades 
fundamentales en los ámbitos político, económico, social, cultural, 
civil o de otro tipo.
En la fracción  XXVI, se refiere a toda 
persona que, por razón congénita o adquirida, presente una o más 
deficiencias de carácter físico, mental, intelectual o sensorial, 
permanente o temporal, y que, las barreras que le impone el entorno 
social impidan su inclusión plena y efectiva, en igualdad de condiciones
 con los demás.
Precisa que se entiende como discapacidad mental 
la presencia de un desarrollo mental detenido o incompleto, derivado de 
lesiones o deficiencias en los procesos cerebrales, adquiridos de forma 
prenatal, perinatal, natal o posnatal, que afectan en el nivel global la
 inteligencia, funciones cognitivas, del lenguaje, motrices y la 
socialización, incluidos los trastornos generalizados del desarrollo.
Además,
 según la fracción  XXXI, por trastornos generalizados del desarrollo se
 entenderá cualquiera de tipo neurológico que incluya los síndromes 
Autista, de Rett, de Asperger, el Trastorno Desintegrativo de la 
Infancia y el Trastorno Generalizado del Desarrollo no especificado.
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