9 de octubre de 2013

Uruguay/ Autismo: proyecto de ley que garantiza derechos

Bertha Sanseverino

Teniendo en cuenta que el trastorno de espectro autista afecta a 1 persona en 100, en Uruguay hay aproximadamente 25.000.

En su página web el centro especifico de autismo Juan Martos de Madrid nos dice que "El Autismo es la manifestación de la alteración en las capacidades de Relación Social, comunicación y Lenguaje, y simbolización".

Y más adelante agrega que se trata de un "Grave trastorno de origen multifactorial y orgánico, de afectación profunda a las aptitudes, capacidades y conducta más humana por definición (comunicación y socialización) y que viene acompañado de alteraciones neuropsicológicas que afectan a las funciones superiores de pensamiento, lenguaje, memoria e inteligencia (Ana Asensio, DEA Neurociencia, Facultad de Medicina UCM, 2010).

La propuesta por la APA (Asociación de Psiquiatría Americana) en el Manual de diagnóstico Estadístico dice que el Autismo entra dentro del los Trastornos Generalizados del Desarrollo y los describe como: "desarrollo de la interacción social y de la comunicación anormales y un repertorio muy restringido de actividades e intereses".

El proyecto de ley a estudio de la Comisión de Salud de Diputados tiene como objetivo garantizar la protección integral en las áreas de la salud, educación y protección social de la persona afectada y del núcleo responsable de su atención.

En la Comisión hemos recibido a familiares de jóvenes con autismo, a la federación autismo Uruguay, al grupo de trabajo de la ANEP y hemos enviado las versiones taquigráficas a MSP, ASSE, UTU y BPS.

La Federación Autismo Uruguay -integrada mayoritariamente por madres, padres y familiares- ha analizado los múltiples desamparos ya que las disposiciones sobre discapacidad no contemplan mayoritariamente estas situaciones y han formulado propuestas para el ámbito educativo, salud y protección social.

Algunas de las propuestas todas muy bien fundamentadas:

Analizar y ampliar la cobertura de la pensión de discapacidad a todos las personas con TEA(trastorno espectro autista),quienes no cobran asignación familiar por no estar incluidos en el sistema educativo, porque el sistema no les brinda la posibilidad de concurrir, deben recibirla con la presentación de un certificado médico que acredite su situación,educación inclusiva: en este tema tuvimos la visita del grupo ANEP, creado por resolución del Consejo Directivo Central de la ANEP y comenzó a funcionar este año. Tareas que desarrolla: definición de un marco conceptual, realización de actividades puntuales y a solicitud específica de la Inspección de Educación Especial comenzó un curso sobre los trastornos del espectro autista que se desarrollan en Salto y Montevideo.

Hoy existe la escuela Nº 231 que ha logrado desarrollar el aprendizaje e incentivar la expresión y la socialización de los niños autistas que concurren a ella. Actualmente atiende a 60 escolares. Su cobertura es insuficiente por lo que la ampliación del local y la formación y creación de más cargos docentes abrirá más oportunidades de inclusión.
En las escuelas comunes de Montevideo concurren aproximadamente 300 chicos con dicho trastorno. Y el modelo de inclusión educativa debe trabajar para que sea una inclusión de calidad en dichas escuelas.

Con respecto a salud es necesario estudiar la ampliación de cobertura en tratamientos y medicamentos. Los déficits más importantes se presentan en las mutualistas, cuestión que debe corregirse.

Dentro de las propuestas madres y padres hablaron de la creación de un Centro de Referencia como existe en Madrid, Barcelona: son centros dirigidos por los padres e integrados entre otras profesiones por maestras, siquiatras, neurólogos, psicólogos, fonoaudiólogos, psicomotricistas.
La Federación ha tomado contacto con el Plan Ceibal y se está estudiando un proyecto. Son acciones muy efectivas pues las tecnologías informáticas aplicadas a la educación especial son muy beneficiosas.

Más allá de la discusión en el marco de la aprobación de este proyecto de ley, podemos ir avanzando porque hay marcos legales que ya consagran derechos: el art. 8 de la ley general de educación Nº 18.437 y la ley Nº 18.418 que aprueba la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, firmada en la ciudad de Nueva York el 3 de abril de 2007.



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