19 de diciembre de 2012

Argentina: Tras tres años, se sancionó una ley de protección a las personas con autismo

En el debate participaron entidades y profesionales que se sumaron al trabajo legislativo. Otros temas quedaron con media sanción y a definición del Senado.

 Mario Cáffaro - mcaffaro@ellitoral.com

Más allá de los temas que provocan más ruido político, la última semana del período Ordinario de la Legislatura, le permitió a la Cámara de Diputados avanzar en una serie de proyectos vinculados al ámbito de la salud pública, destacándose la concreción de la ley que garantizará el derecho a la protección integral de la salud, educación, e integración social plena de todas aquellas personas con trastornos del desarrollo que impidan o dificulten su interacción con el medio social, asegurando el diagnóstico precoz, tratamiento, integración, inclusión social y protección integral de las personas con Trastornos del Espectro Autista (TEA) y/o Trastornos Generalizados del Desarrollo (TGD).

La aprobación del proyecto -primero en Diputados y al día siguiente en el Senado- fue saludado por organizaciones de la sociedad de Santa Fe, Paraná y Rosario que ayudan en esta problemática. “Tuvimos mucho cuidado en que la ley no se contradiga con las políticas del ministerio de Salud que trabaja en la integración total” dijo el radical Darío Boscarol, uno de los firmantes de la iniciativa. “El objetivo es garantizar el derecho a la salud y la integración plena a las personas afectadas” explicó Avelino Lago (Producción y Trabajo) quien preside la Comisión de Salud que es donde se discutió el proyecto. “Hubo que garantizar tres miradas: la de los padres, la de los médicos y la de sicólogos. La ley garantiza las tres, quizás no satisfaga plenamente a cada una de ellas, pero las contempla” según el radical quien subrayó que de cada diez chicos, uno tiene problemas que pueden derivar en autismo. “El diagnóstico de autismo es un reto, la norma les reconoce derechos y la integración social plena” según Lago.

El texto apunta a brindar los instrumentos necesarios para acceder a un diagnóstico precoz, a tratamientos correspondientes en el ámbito de la Salud, a la educación y a terapias complementarias, como así también a la capacitación profesional en la problemática con el propósito de promover el autovalimiento de las personas afectadas y su integración plena en la comunidad.

La ley dice que se considera persona con (TEA) y/o TGD al conjunto de patologías que se caracterizan por alteraciones generalizadas en diversas áreas del desarrollo del individuo, principalmente en tres dimensiones: la interacción social, la comunicación y la presencia de intereses y actividades estereotipadas, que generan predominio de conductas repetitivas, e impiden y/o dificultan seriamente el proceso de entrada de un niño en el lenguaje, la comunicación y el vínculo social.

El ministerio de Salud será la autoridad de aplicación y tendrá un Consejo Provincial de Coordinación y Asesoramiento para organizar, planificar y garantizar la ejecución de todas las acciones tendientes a asistir a las personas afectadas.

El texto además ordena al Ministerio proveer a los afectados de una serie de medidas sanitarias, educativas, deportivas y recreativas y ayuda social.

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